Mot | Accepció | Frase | Situació | |
---|---|---|---|---|
este -a -o | 2 |
Ca segun regla: no deue alguno acrescentar su fazienda con daño ajeno: y | esto | ha verdad: saluo si los derechos y costumbres de·la tierra lo dispusiessen
|
C-SumaConfesión-097v (1492) | Ampliar |
este -a -o | 1 |
como proprias se poseen. Quanto a la tercera voluntad: que se llama conforme. | esta | se falla en los contractos licitos. en·los quales la voluntad de·los
|
C-SumaConfesión-097v (1492) | Ampliar |
este -a -o | 2 |
necessidad del mandamiento: que las que se han de distribuir con consejo. En | esto | concuerda el Arcidiano. E dize Ramon que si los creedores, o legatarios vinieron
|
C-SumaConfesión-097v (1492) | Ampliar |
este -a -o | 1 |
la herencia: no es obligado a los legatarios. E si el heredero mudare | este | orden pagando primero a los legatarios, o a los crehedores postreros: no es
|
C-SumaConfesión-098r (1492) | Ampliar |
este -a -o | 2 |
lo todo, o no sabiendo ser vn creedor primero que otro. y con | esto | concuerda Hostiense.§ Jtem nota que siendo las cosas eguales deue guardar se la
|
C-SumaConfesión-098r (1492) | Ampliar |
este -a -o | 2 |
se a de anteponer al otro segun el pacto, o scriptura, o vso. | Esto | se suele notar. E assi quando vn mercader se abate e quiebra no
|
C-SumaConfesión-098r (1492) | Ampliar |
este -a -o | 1 |
mercader se abate e quiebra no podiendo abastar a pagar a los creedores: | este | orden se deue guardar segun Baldo. Ca primero deue satisfazer a los señores
|
C-SumaConfesión-098r (1492) | Ampliar |
este -a -o | 1 |
restituir por aquellas. ca no son obligadas por el precio. E assigna se | esta | razon que el precio sacado de·la tal cosa: no era obligado: y
|
C-SumaConfesión-098r (1492) | Ampliar |
este -a -o | 2 |
priuilegios personales: y no reales. .vj. vienen los creedores: que tienen alualas y | esto | por la parte que les cabe sin atender a la prioridad de·los
|
C-SumaConfesión-098r (1492) | Ampliar |
este -a -o | 1 |
partido de·los primeros: que no tienen dominio: ni obligacion, ni priuilegio. E | esta | es la razon porque en los creedores que tienen alualas no se atiende
|
C-SumaConfesión-098r (1492) | Ampliar |
este -a -o | 1 |
de su pobreza: que faga cession de bienes.§ Nota empero que no abasta | esta | cession tanto que no le deua ser encargada alguna penitencia. ca ni la
|
C-SumaConfesión-098v (1492) | Ampliar |
este -a -o | 2 |
juez ecclesiastico, o sacerdote de la penitencia porque vsurpo lo ajeno: y en | esto | offienden muchos peccadores delinquientes: que piensan que abasta la satisfacion: y no curan
|
C-SumaConfesión-098v (1492) | Ampliar |
este -a -o | 2 |
que abasta la satisfacion: y no curan de confessar el peccado: que cometieron. | Esto | dize Hostiense en la Suma en·el titulo De Penitentia.§ Nota segundo que si
|
C-SumaConfesión-098v (1492) | Ampliar |
este -a -o | 2 |
satisfacion: haun que houiessen primero fecho cession de bienes. ca no son por | esto | librados: mas la tal cession les aprouecha para que no los pongan en
|
C-SumaConfesión-098v (1492) | Ampliar |
este -a -o | 2 |
cosa juzgada. En·donde la glosa dize que la cession haun aprouecha para | esto | : que despues no podran ser traydos en juyzio: ni les podra ser demandado:
|
C-SumaConfesión-098v (1492) | Ampliar |
este -a -o | 2 |
a quien ha fecho el daño, o con aquel que ha robado: e | esto | amigablemente por forma que le quede para comer: assignando le algo fasta que
|
C-SumaConfesión-099r (1492) | Ampliar |
este -a -o | 2 |
año, o cada mes, o emiende en otros tiempos lo que puede. E | esto | con voluntad de aquel a quien es obligado satisfazer. ca si no fallasse
|
C-SumaConfesión-099r (1492) | Ampliar |
este -a -o | 2 |
de bienes porque el tal peccador siempre esta en mora de tardança. Empero | esto | mejor se declara mas baxo: y si el suso dicho fallare gracia en
|
C-SumaConfesión-099r (1492) | Ampliar |
este -a -o | 1 |
la parte que le cabe. Empero el dize que asaz parece que en | este | caso se deue hauer respecto al tiempo: conuiene saber que aquel que primero
|
C-SumaConfesión-099r (1492) | Ampliar |
este -a -o | 1 |
enteramente: y assi de·los otros segun la regla. como la parte d· | estos | sea causa. Y esso·mismo consideramos en la prenda: y obligacion special. y
|
C-SumaConfesión-099r (1492) | Ampliar |