Mot | Accepció | Frase | Situació | |
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dar | 1 |
sus cauallos. es obligado al daño. esso·mismo de·los otros frutos. Si | dio | a·truanes demasiadamente crio e mantuuo en su corte hombres vellacos, o jugadores
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C-SumaConfesión-056r (1492) | Ampliar |
dar | 3 |
es juez ecclesiastico, o si se la vsurpo: ca la potestad vsurpada no | da | autoridad: onde juzgando peccaria mortalmente. Si traspasso los terminos de·lo que le
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juez por temor, o odio, cobdicia, o amor, o por otra causa alguna | dio | alguna mala sentencia adrede: es peccado mortal. y es touido de todo el
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todo el interesse a·la parte dañada. e si aquel por el qual | dio | las sentencia no quiere satisfazer, o no puede: por quanto el es obligado
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el es obligado principalmente. dize lo esto Raymundo. Si por ignorancia gruessa el | dio | jnica sentencia es obligado en·el juyzio de·la consciencia: e pecca segun
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Si el juez delegado juzgo con buena fe e de consejo de letrados: | dio | mala sentencia. no paresce que pecca ni es touido a restitucion assi porque
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pecca: y es obligado a restitucion. Si el assessor induze al juez a | dar | mala sentencia es escusado el juez si es simple: e tiene buena consciencia
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que comunmente no es reputado sufficiente, o es jnico: si de su consejo | da | mala sentencia. haun que crea ser justa cada vno d·ellos pecco mortalmente:
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dineros por juzgar mal contra justicia. e contra consciencia: aquella pecunia se deue | dar | ad·aquel en cuyo daño fue dada. La segunda es si toma dineros
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dar | 1 |
contra consciencia: aquella pecunia se deue dar ad·aquel en cuyo daño fue | dada | . La segunda es si toma dineros por juzgar bien, o porque diesse sentencia,
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dar | 3 |
fue dada. La segunda es si toma dineros por juzgar bien, o porque | diesse | sentencia, o si lo recibio porque no juzgasse quando deuiesse juzgar, o porque
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en estos cinco casos deue ser restituido el dinero al mismo que le | dio | . e segun algunos en·el juyzio de penitencia puede el tal dinero ser
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dar | 1 |
e segun algunos en·el juyzio de penitencia puede el tal dinero ser | dado | : e distribuydo a pobres: assi como las otras ganancias malas. empero si el
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dar | 3 |
a pobres: assi como las otras ganancias malas. empero si el juez no quiso | dar | sentencia como la deuiesse dar por lo qual alguno pierde su derecho: es
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dar | 3 |
otras ganancias malas. empero si el juez no quiso dar sentencia como la deuiesse | dar | por lo qual alguno pierde su derecho: es peccado mortal. y es obligado
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dar | 4 |
las quales no era obligado. si no admetio las apellaciones legitimas: si engañosamente | dio | lugar a·la apellacion. si despues de·la apellacion legitima procedio en·la
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C-SumaConfesión-057r (1492) | Ampliar |
dar | 4 |
causa justa ni prouechosa a·la republica: mas dañosa. y el tal que | da | auinenteza de peccar. e dize sancto Thomas que pecca mortalmente. Nota empero que
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dar | 3 |
algun juez executo alguna mala sentencia. e sabe que aquel contra quien la | da | es innocente no es escusado de peccado.§ De·los auogados, procuradores: e notarios.
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dar | 3 |
ser peccado mortal. E si defendio la causa con soberuia dixendo injurias, o | dando | vozes. e si descubrio los secretos a su aduersario e en·la manera
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C-SumaConfesión-057v (1492) | Ampliar |
dar | 1 |
e escondio los derechos, o instrumentos ajenos e no los assigno, o los | dio | a·los otros: vltra el peccado mortal: es obligado a qualquier daño. Si
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C-SumaConfesión-058r (1492) | Ampliar |