«Capitulo .vij. de·los religiosos que no pueden oyr confessiones sin licencia de su prelado a cartas .vij.§ Capitulo .viij. del poder oyr confessiones otorgado por el derecho a los frayles predicadores y menores a cartas .vij.§ Capitulo .ix. de·los effectos que se siguen de cometer a otro y recomendar le que oya de confession a cartas .viij.§ Capitulo .x. de·la differencia entre los frayles presentados: segun la forma»