«que en su testamento dexo que se pagassen mill libras en nombre de vsuras inciertas. como de·la extorsion de·las dichas vsuras no conste. sino por confession del testador: y responde Lorenço despues de Fedrico que como la accion que pertenece al obispo sea personal: e se presquiua no se puede despues de treinta años demandar. y por consiguiente contra los herederos posseedores de buena fe: la qual siempre se»