«el temor de Dios. Empero los que podiendo restituir: dilatan: y cada año prometen a sus confessores que restituiran: y despues no lo fazen: no parece que deuan ser absueltos sino que primero fagan: e dispongan el negocio que tenga execucion: y mucho menos le deue ser permetida la comunion quanto toca al consejo del confessor. porque quanto al sacerdote que ha de dar la comunion. ya hauemos fablado arriba en»