«aquel que lo tiene sin grand daño suyo. E por la contra aquel cuya es la cosa puede sin daño suyo estar sin ella por algun tiempo. Fuera de aquestos casos no abasta para la saluacion: sino que luego restituya: y la razon es porque de necessidad de salud es esquiuar el peccado mortal: y fuera de·los casos suso dichos no solamente el quitar lo ajeno: mas haun el tener»