«fecho: solo por vna manera de egualdad: y entonce el que se confiessa: puede ser absuelto y comulgar. pues es en via de saluacion. E si quiƧa no se sabe en manera del mundo: a quien se deue fazer la restitucion: entonce esta en poder del prelado, o del confessor discreto: dar plazo al que se confiessa segun viere su necessidad: y contricion: y prompta voluntad de restituir. y el tal»