«heredad a los herederos del marido ab intestato, o a los scriptos enĀ·el testamento, o a los que versemblanmente huuiere el dexado su herencia: lo qual si no sabe es obligada de restituir lo a pobres. E esto segun justicia. ca no digo que sea obligada a restituir cosa que valga tanto como la herencia. ca grand differencia lleua entre el tener: y ser alguna cosa propia suya. Mas porque este»