«testigos muy buenos. ca por solo su dicho no puede desheredar al tal fijo mayormente en·las tierras: en las quales los primogenitos por consuetud succeden en todo, o en parte. Allende d·esto segun Scoto si el padre en tales tierras creyesse en esto a su mujer no podria ya por esto quitar la herencia al fijo borde sino que publicamente delante de juez prouasse ser tal. E entonce seria»