«se estiende o abasta: haun que no aya fecho inuentario. empero si lo houiesse fecho: no seria obligado sino fasta donde abastan los bienes. Faze empero distinccion entre los legados: y las deudas. Ca las deudas deue pagar enteramente quanto abastare la herencia empero de·los legados: si son tantos: que no quede la legitima: puede sacar aquella: y despues la quarta segun algunos: si fue instituido heredero. E nota que»