«lo ajeno: lo puede restituir: y no lo restituye. no esta en via de saluacion. E dize Ramon en su suma que el seƱor de alguna tierra: es obligado a restituir lo que le pagaron indeuidamente a el, o a los suyos. agora sea por via directa, o indirecta: por via directa quando les deniega la justicia, o no los defiende como deue y assi quita les: y saca les algo:»