«egual: la mujer deue ser antepuesta: y preferida. ca la tal tiene las cosas obligadas y por·ende es de anteponer no solamente a los que tienen obligacion personal mas haun a los que tienen tacitamente obligados los bienes. Empero no es preferida a los creedores: que tienen las cosas expressamente obligadas. El fisco tiene el mismo priuilegio: que la mujer. Quarto despues de·los que tienen obligaciones tacitas, o expressas:»