«dispusiessen de otra manera. lo qual se deue guardar en semejantes casos. ca segun el derecho humano: las possessiones, y las otras cosas: como proprias se poseen. Quanto a la tercera voluntad: que se llama conforme. esta se falla en los contractos licitos. en·los quales la voluntad de·los contrayentes se conforma junctamente. y en la restitucion de·las tales cosas, ay algo: que deue ser primero restituido. ca primero»