«lo suyo: quando podra: y no de·lo ajeno. Ca segun regla: no deue alguno acrescentar su fazienda con daño ajeno: y esto ha verdad: saluo si los derechos y costumbres de·la tierra lo dispusiessen de otra manera. lo qual se deue guardar en semejantes casos. ca segun el derecho humano: las possessiones, y las otras cosas: como proprias se poseen. Quanto a la tercera voluntad: que se llama conforme.»