«por esto no se quita la injuria: y sinrazon fecha al proximo: y a Dios. mas añade se nueua sinrazon que es quitar lo ajeno. ca no es obligado a Dios: y al proximo por respecto de·la vsura cometida, o de otra cosa mal ganada: sino quanto de justicia: y derecho puede. Por consiguiente si no puede restituir la vsura: sin quitar el derecho ajeno: es por entonce escusado de»