«tal orden por la costrecha. ca el deudor mas es costreñido: y forçado por derecho a restituir lo que saco por furto: y robo: que lo que gano por logro. ca al restituir de·la vsura es costreñido por derecho diuino: y ecclesiastico. mas a restituir el robo: es forçado e costreñido por derecho diuino: canonico: y ciuil. De·las quales cosas se sigue: que si el deudor no puede restituir»