«testador dixiesse. dexo a tales y a fulanos herederos mios: a los que les yo deuo. e si acaeciere no fallar se fago heredero mio a Christo con sus pobres. Quanto a lo segundo por respecto de·la obligacion prueua se d·esta manera. ca no son obligados los herederos de dar a pobres por restitucion de·las cosas inciertas: sino por vna razon que es por la consciencia. mas los»