«de fazer. ca en aquel caso primero se ha de pagar enteramente ante que se pague lo incierto conuiene saber quando se sabe, o se dubda que los bienes del que ha de fazer la restitucion no basten a lo vno: y a lo otro. Ca en aquel caso primero se han de restituir llena: y complidamente las cosas ciertas. Esto por tres razones. La primera por razon de succession. La»