«de considerar tres cosas. La primera es que la restitucion de·las cosas ciertas se deue anteponer a la de·las inciertas. E por·ende es de saber que todas las cosas ciertas obligan a restitucion. conuiene saber quando se saben las personas a las quales se ha de fazer. ca en aquel caso primero se ha de pagar enteramente ante que se pague lo incierto conuiene saber quando se sabe,»