«tassas por mucho menos de·lo que es la deuda de·las cosas inciertas: y dar adrede el restante a los deudores: podiendo el bien e llenamente restituir lo todo. mas no assi quando ay duda si puede restituir el deudor por las cosas inciertas. Ca en duda cada qual deue interpretar lo fecho mayormente por el papa ser bueno y en buena parte. Ca el papa haun que tenga lleno»