«assi es de dezir en este caso que el creedor renunciando ante de ser restituido no parece renunciar por su voluntad mas forçado. a lo qual se responde que aquello que se dize en aquellas autoridades: ha lugar en·el juyzio de contienda en·el qual se procede por presumcion. mas en·el juyzio de consciencia haun que el despojado puede renunciar a su derecho como en este caso. allende de»