«se ha de fazer la restitucion: renunciar. Por consiguiente no se puede quitar la obligacion del que tiene lo ajeno injustamente: por via de renunciacion. La mayor es manifiesta. la menor se prueua. ca la renunciacion que faze el despojado ante que le sea restituido lo suyo: es ninguna. E porĀ·ende es presumcion que no se faze con voluntad libre. ca no es cosa de creer que el despojado renuncie»