«lo quisiere soltar y assi quitado el titulo injusto por el soltar de·la deuda que faze el creedor francamente se alcance el dominio.§ Quanto al quinto que no se puede quitar dando la deuda prueua lo assi. aquel al qual se ha de fazer la restitucion: no puede dar ante de ser restituido el que injustamente detiene lo ajeno ante que restituya: no puede ser certificado si es la tal»