«tornado al tutor, o curador.§ En·el segundo caso quando es heredero a el deuen ser restituidas las cosas furtadas: mas con tal distinccion segun Ramon. que si los herederos son muchos: deuen restituir a cada vno segun la parte: que tiene de·la herencia. Mas si es heredero en alguna suma determinada conuiene saber en ciento, o en vna casa: y no mas: en aquel caso no se fara la»