«a aquel: ni a los pobres.§ E por mayor declaracion d·estas cosas: es de saber: que en la cosa que ha de ser restituida: se puede alguno hauer en tres maneras. Ca o es verdadero señor, o es heredero suyo, o es despensero de aquella cosa. En·el primer caso quando es verdadero señor: deue ser a el restituida: saluo si por guerra justa, o por pregon del rey, o»