«el que dio las vsuras voluntariamente: quito aquello de si mismo. respondo que si las dio por su voluntad: y liberalmente: seria verdad. y entonce el que las recibio: sabiendo esto no es obligado a restitucion: ni a dar las a pobres. mas si lo dio por respecto del prestido principalmente: no se despojo de aquello voluntariamente: mas con cierta condicion porque el que presto no se estimasse agrauiado: e el»