«el que da: y el que recibe. y por ende no lo puede retener para si: ni dar lo a aquel que ge lo dio. mas obligado de necessidad para la salud de su alma repartir lo a pobres: si puede, o dar lo a aquella yglesia: en cuyo prejuyzio fue dado el dinero. Esso·mismo en juyzio vedado es al juez: y al assessor tomar algo: quando tienen su salario»