«siquier no sea passado el dominio de·la cosa ganada en·el que la recibio: como es en·el furto: y robo: siquier se traspasse como es en·la vsura: pues el que pago puede repetir lo que pago. La segunda es: que alguna cosa se dize mal ganada de manera que el que malamente la gano: no puede aquella retener en si: ni tan poco se deue restituir a aquel»