«y no por costrecha, o engaño que los creedores les relexen la tal satisfaccion pues en ellos no quedo el dinero mal ganado y los que lo ganaron quedan principalmente obligados: la qual remission obtenida libere spontaneamente e no seran mas obligados: mas al principal solo saluo si haun a el le soltassen la deuda. E si no les quisiessen fazer el tal finequito: son obligados a satisfazer de·lo suyo.»