«los tales son obligados por entero.§ Nota quinto que quando ay dos herederos, o mas de vn vsurero: o de vn robador: si el vno viene a menos: el otro es obligado a pagar por entero. e si son muchos: cada vno es obligado por su parte a restitucion de·lo que aquel recibio fasta la suma de·lo que a el peruino de·la herencia. ca todas las cosas de»