«accion contra el injuriado. La primera conuiene saber el rancor: deue perdonar al que le fizo la injuria: e no tener le odio. La segunda deue perdonar: quando el que fizo la injuria le pide perdon. E esta remission de injuria exterior: no es al saluo vna manera de acceptacion de satisfaccion, o demostracion de reconciliacion: declarada por palabra, o por fecho. assi como quando el offendido leuanto con su mano»