«con intencion de hauer respecto a su interesse sin engaño: no es obligado a·la religion: quanto al que no ha entrado. mas a la persona que ha retraydo dando le buenos consejos spirituales para reparar el daño que le fizo. E si alguno apartasse a otro del proposito: e entrada en religion no del todo: mas de aquella en·donde viuen dissolutamente entendiendo en proueer a la salud de aquel:»