«.iiij. es obligado a restituir el daño en la manera que puede: conuiene saber induziendo le a penitencia e a virtudes: e si no abasta induzir lo con palabras porque mas ligera cosa es el peruertir: que el conuertir: es obligado quanto puede por sus oraciones: e procurando que otros rueguen por el: e cosas semejantes. solamente no descubra el peccado secreto del otro.§ Quanto al segundo: que es retraer alguno»