«la pierde: es obligado a su principal del daño. El segundo es: si el letrado conseja mal adrede, o conseja engañosamente de guisa que el que tiene justicia: pierde la causa: es obligado a·los daños dende seguidos. empero si conseja lealmente segun sabe: no es obligado. El tercero es el actor: e procurador: que accusa a alguno falsamente, o le pide algo que no deue. ca es obligado a qualquier»