«lo que falla: no lo tuuo su amo por desemparado. El segundo es en·la prescripcion illicita. quando vno prescriue lo ajeno con mala fe: sabiendo ser ajeno: e no hauer lo posseido con titulo justo. El tercero es en·el vso de·la cosa empeñada: prestada, o depositada. conuiene saber quando el señor de·la cosa no consiente: y es obligado a·la vtilidad: que dende recibe. e si lo»