«refrenar. Si enajeno los bienes de su obispado: sin licencia del papa en caso no deuido. en qualquier d·estos casos es peccado mortal. Si·no guardo los derechos de·las otras yglesias. si se vsurpo los bienes de·las yglesias que vacan deuiendo los guardar para el successor. si·no pago los deudos que por respecto de·la yglesia: manleuo el predecessor. si rescibio a tiempo los fructos de algun»