«a Dios, o a·los sanctos, o a·los que afogan por inaduertencia a·los niños: e a·las tales cosas castigo mas con dinero por auaricia. e mas por ganar: que por refrenar. Si enajeno los bienes de su obispado: sin licencia del papa en caso no deuido. en qualquier d·estos casos es peccado mortal. Si·no guardo los derechos de·las otras yglesias. si se vsurpo los bienes»