«respecto del studio lo dexen. E si dentro seys meses: no prouee: no puede entremeter se despues de·la prouision. ca en otra manera vsurparia se lo: e no lo puede fazer: e es peccado mortal: si lo faze. e no vale. e sea touido de manifestar su error. Esso mismo ha lugar quando recibido el segundo beneficio: vaco el primero, o despues de recebida la segunda prebenda: vaco la primera.»