«Si algun peccado muy grande de sus subditos: passo por dissimulacion: e no lo castigo, o si las cosas secretas: que vinieron en alguna manera a su noticia: no curo mas escodriƱar. Empero si por negligencia las dexasse: pienso que es peccado mortal. mas si los dexo por algun respecto: por esquiuar algun graue scandalo: no es peccado mortal. Si fue gastador: e maltraxo las cosas del monesterio. Si no obedecio»