«en nombre de otro: porque las pudiesse dexar a quien quisiesse: es engaƱo: y furto. y es obligado a restitucion. Si otorgo por si mismo indulgencias: como no lo pudiesse fazer, o dixo que su yglesia tenia mas indulgencias: que otra: e no era verdad: e lo dixo por gracias: es peccado mortal. Si mostro al pueblo nueuas reliquias para que las honrassen. las quales no eran aprouadas por la yglesia.»