«Si merco algunas cosas immortales de·los frutos de·la yglesia porque las tales deuen quedar a·la yglesia. onde si las merco en nombre de otro: porque las pudiesse dexar a quien quisiesse: es engaño: y furto. y es obligado a restitucion. Si otorgo por si mismo indulgencias: como no lo pudiesse fazer, o dixo que su yglesia tenia mas indulgencias: que otra: e no era verdad: e lo dixo»