«confession. sin tener ellos ni el special autoridad. ca no los puede absoluer. Si merco algunas cosas immortales de·los frutos de·la yglesia porque las tales deuen quedar a·la yglesia. onde si las merco en nombre de otro: porque las pudiesse dexar a quien quisiesse: es engaño: y furto. y es obligado a restitucion. Si otorgo por si mismo indulgencias: como no lo pudiesse fazer, o dixo que su»