«dize horas cadaldia: pecca mortalmente. dexando las por negligencia. haun que no sea constituydo en ordenes sacras. Si el canonigo, o otro clerigo recibe las distribuciones: que se dan a·los que entreuienen en·el officio: e no entreuiene en ellas: comete furto: y es obligado a restitucion. Si no podiendo exercir por si: la cura de·la yglesia no puso ende alguno ydoneo: y suficiente en lugar suyo mas malo:»