«yglesias, o prebendas. las quales no tengan cura de almas: sino en cinco casos. El primero es quando son tan pequeñas que ninguna d·ellas basta a·la sustentacion. El segundo es si la vna depiende de·la otra. El tercero es por hauer pocos clerigos. El quarto es si la yglesia es annexa a·la prebenda, o a·la dignidad. El quinto es si tiene vna en titulo: y otra»