«de·los otros, o pusiendo, o permitiendo entrar los animales y bestias a pascer, o mudo los terminos de·las possessiones, o labrando ayunta de·la tierra del vezino a su campo: pecca segun la quantidad del daño: que entiende de fazer e es obligado a satisfacion. Si cometio en·la labrança: engaño: o manifiesta negligencia en daño de su amo: assi como es en no femar las tierras, o labrar»