«officiales de artes mechanicas. capitulo .viij.§ Si fizo arte la qual no se puede exercir sin peccado mortal: como es fazer dados, o seruir a logreros en aquella arte. e al cauallero en·la guerra injusta e a·los cosarios en·la mar: e en ser alcaguete e baratero e cosas semejantes: conuiene que dexe del todo la arte. ca en otra manera no le deue absoluer. Si fizo arte cuyo»