«el juez relexo la pena deuida al criminoso contra justicia: lo qual se comete en tres maneras. La vna es quando no era juez sobirano conuiene saber principe: ni a el es llenamente encomendada la potestad publica mas que juzgue segun las leyes: e estatutos de·la cibdad. La segunda es que puesto que tenga lleno poder empero el que padecio la injuria no permetio que ge la perdonassen: mas quiso»