«no ayudo a·los pobres: viudas y huerfanos. e no les prouio de aduocado: en qualquiere d·estos casos paresce ser peccado mortal quando pecca a·sabiendas. Si el juez relexo la pena deuida al criminoso contra justicia: lo qual se comete en tres maneras. La vna es quando no era juez sobirano conuiene saber principe: ni a el es llenamente encomendada la potestad publica mas que juzgue segun las leyes:»