«a·la apellacion. si despues de·la apellacion legitima procedio en·la causa. si en las dudas grandes no pidio consejo a letrados. si admetio locas allegaciones. si no ayudo a·los pobres: viudas y huerfanos. e no les prouio de aduocado: en qualquiere d·estos casos paresce ser peccado mortal quando pecca a·sabiendas. Si el juez relexo la pena deuida al criminoso contra justicia: lo qual se comete en»