«assegurar la patria: es peccado mortal. e es touido de·los daños, e de·los robos fechos: si buenamente los podia destorbar. Si vendio la justicia, o recibio presentes por fazer la, o fizo alguna sinjusticia, o la fizo fazer: es peccado mortal. Si quebranto la fe e palabra haun a su enemigo: sino que el primero ge la houiesse quebrantado: es peccado mortal. Si no liuro a·los que el»